VISTO: El Decreto Nº 296/97 de 19 de Agosto de 1997 por el cual se
aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio
1997;
CONSIDERANDO: I) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha
informado que en la elaboración del citado Decreto se padeció error en los
Anexos correspondientes a las partidas de la inversión;
II) Que corresponde subsanar dichos errores;
ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Sustitúyense los Anexos 1, 2 y 3 del Decreto Nº 296/997
de 19 de agosto de 1997 por los que se adjuntan y que se consideran parte integrante de este Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 355/997 de
24/09/1997.