REGIMEN DE IMPORTACION DE BIENES Y MERCADERIAS CON DESTINO A DEPOSITOS FISCALES - REGIMEN DE DRAW BACK - FREE SHOP




Promulgación: 06/09/2001
Publicación: 13/09/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 627

Artículo 4

 Se incorporan a la nómina de bienes susceptibles de ser comercializados 
en régimen de Free Shops, descripta en el artículo 21º del Decreto Nº 
367/995, de 4 de octubre de 1995, con la redacción dada por el Decreto Nº 
68/996, de 28 de febrero de 1996, los siguientes:

                   NOMINA DE MERCADERIAS PARA FREE SHOP                   
                                                                          
NCM                                    DESCRIPCION
2007.00.00.00     incorporar "Confituras, jaleas y mermeladas, purés y
                  pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción,
                  incluso con adición de azúcar u otro edulcorante".-
2101.11.10.00     incorporar "café soluble, incluso descafeinado".-
2103.00.00.00     incorporar la partida "preparaciones para salsas 
                  preparadas; condimentos y sazones, compuestos; harina de
                  mostaza y mostaza preparada".-
3401.20.10.00     incorporar "jabón de tocador".-
6103.00.00.00     eliminar "exclusivamente "shorts" para deportes".-
6104.00.00.00     eliminar "exclusivamente "shorts" para deportes".-
6104.31.00.00     eliminar "exclusivamente con un valor FOB por unidad 
                  superior o igual a U$S 30,oo".-
6301.00.00.00     incorporar "mantas".-
6302.00.00.00     incorporar "ropa de cama, mesa, tocador o cocina".-
9502.00.00.00     incorporar "muñecas y muñecos que representen solamente 
                  seres humanos".-
9503.00.00.00     incorporar "los demás juguetes; modelos reducidos a 
                  escala y modelos similares, para entretenimientos,
                  incluso animados; rompecabezas de cualquier clase".-
9506.00.00.00     incluir "artículos y material para cultura física, 
                  gimnasia, atletismo, demás deportes (incluido el tenis
                  de mesa) o para juegos al aire libre, no expresados ni
                  comprendidos en otra parte de este capítulo; piscinas,
                  incluso infantiles".-
9507.00.00.00     incluir "cañas de pescar, anzuelos y demás artículos 
                  para la pesca con caña; salbardos, cazamariposas y redes
                  similares; señuelos (excepto los de las partidas Nº
                  92.08 o 97.05) y artículos de caza similares".-
6216.00.00.00     incorporar "guantes, mitones y manoplas".-
6503.00.00.00     incorporar "sombreros y demás tocados de fieltro, 
                  fabricados con cascos o platos de la partida Nº 65.01,
                  incluso guarnecidos".-
6504.00.00.00     incorporar "sombreros y demás tocados, trenzados o 
                  fabricados por unión de tiras de cualquier materia,
                  incluso guarnecidos".-
6505.00.00.00     incorporar "sombreros y demás tocados, de punto o 
                  confeccionados con encaje, fieltro y otro producto
                  textil, en pieza (pero no en tiras), incluso
                  guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier
                  materia, incluso guarnecidas".-
6506.00.00.00     incorporar "los demás sombreros y tocados, incluso 
                  guarnecidos".-
8211.91.00.00     incorporar "cuchillos de mano de hoja fina".-
8213.00.00.00     incorporar "tijeras".-
9405.30.00.00     incorporar "guirnaldas eléctricas del tipo de las 
                  utilizadas en árboles de Navidad".-
9614.00.00.00     incorporar la partida "pipas (incluidas las cazoletas),
                  boquillas para cigarros (puros) o cigarrillos, y sus
                  partes".-
2208.20.00.90     eliminar "Exclusivamente: Pisco y similares".-
2208.40.00.00     eliminar "Exclusivamente: Ron".-
Ayuda