AUMENTO DE REMUNERACIONES PARA FUNCIONARIOS DE LOS INCISO 02 A 14 DEL PRESUPUESTO NACIONAL




Promulgación: 26/09/1997
Publicación: 10/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 886

Artículo 4

   Los Organismos comprendidos en el artículo 220º de la Constitución de
la República adecuarán las remuneraciones de sus funcionarios, a partir de
la misma fecha y de acuerdo a los mismos porcentajes establecidos en los
artículos 1º y 2º del presente Decreto.
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