DESIGNACION DEL DIRECTOR EJECUTIVO COMO ORDENADOR SECUNDARIO DE GASTOS. AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE GESTION ELECTRONICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION
VISTO: que el artículo 72 de la Ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005 en
la redacción dada por el artículo 54 de la Ley Nº 18.046 de 24 de octubre
de 2006 creó en el Inciso 02 "Presidencia de la República" la Unidad
Ejecutora 010 "Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y la Sociedad de la Información";
CONSIDERANDO: que resulta necesario asignar competencias de ordenador
secundario de gastos al Director Ejecutivo de la Agencia para el
Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la
Información;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en los artículos 28
y literal b) 29 del "TOCAF 1996";
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Desígnase como ordenador secundario de gastos de acuerdo con lo
establecido por el literal b) del artículo 29 del "TOCAF 1996" al Director
Ejecutivo de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y la Sociedad de la Información, con su límite máximo.