Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: las normas sobre Ordenamiento Financiero aprobadas con la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 1986, ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987.
Resultando: que es necesario contar con una reglamentación específica que establezca condiciones generales en materia de Licitaciones Públicas y Contratos de Construcción de obras.
Considerando: I) Que a tal fin el Ministerio de Turismo ha proyectado en Pliego de Condiciones Generales destinado a reglamentar las mencionadas materias;
II) Que habiéndose sometido el citado Proyecto a dictamen del Tribunal de Cuentas de la República, sin haber merecido observaciones por dicho cuerpo, en resolución dictada el 21 de enero de 1987.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a las disposiciones preceptuadas por la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el siguiente Pliego de Condiciones Generales para Licitaciones y Contratos de Construcción de obras: (*)