Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 50.
DE LA SELECCIÓN Y PROCEDIMIENTO
Artículo 11
Las Unidades de Gestión Humana o quien haga sus veces, coordinarán con
los Jerarcas de las Unidades Ejecutoras correspondientes, la convocatoria
de los Tribunales para la aplicación de la evaluación de aspirantes,
pudiendo agruparse las instancias evaluatorias de los aspirantes de una
Unidad Ejecutora que se encuentren en similar situación respecto a la
oportunidad del vencimiento del provisoriato.
Con una antelación de noventa días corridos al vencimiento del
provisoriato, la Unidad de Gestión Humana o quien haga sus veces,
comunicará tal circunstancia al Jerarca de la Unidad Ejecutora y al
Supervisor inmediato, proveyéndolos del registro de las incidencias de
cada aspirante a su cargo.