FIJACION DE LAS PAUTAS Y PROCEDIMIENTOS NECESARIOS PARA EL INGRESO A LA FUNCION PUBLICA DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ART. 50 DE LA LEY 18.719




Promulgación: 11/10/2011
Publicación: 20/10/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 923
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 50.

Artículo 3

 El desempeño en régimen, de provisoriato es incompatible con cualquier
otro vínculo con el Estado excepto los del personal docente o médico o
personal del SODRE o personal de Televisión Nacional Uruguay-Canal 5,
cuando no superen las sesenta horas semanales y no exista coincidencia
total o parcial de los horarios establecidos para el cumplimiento de sus
funciones, así como con el goce de una pasividad o retiro o retiro
incentivado de quien haya sido funcionario público o percepción de
subsidios por haber ocupado cargos políticos, de confianza o electivos.
Ayuda