Prorrógase la vigencia de lo dispuesto por Decreto Nº 256/969, el cual exonera por el plazo de un año del pago de derechos aduaneros y
adicionales, tributos a la importación o de aplicación en ocasión de la misma, recargos y otros gravámenes, a las importaciones de reproductores ovinos de pedigrée.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 630/971 de
30/09/1971.