Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
A tales efectos el Jerarca de las Unidades Ejecutoras referidas,
presentará a la aprobación del Ministro de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, un plan de tareas fundamentando el número de
funcionarios y de horas a realizar en este régimen durante el año 1992.