La Comisión Especial para acreditar la competencia notoria y el
ejercicio profesional de los solicitantes exigirá la presentación de
documentación u otros medios probatorios de una efectiva práctica en el
campo de la Psicología.
La Comisión Especial actuará según su criterio, fundando debidamente sus
presupuestos y resoluciones de acuerdo a las condiciones que ella
establezca.