EXHORTACION A UTE A INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE BENEFICIOS COMERCIALES PARA LAS INDUSTRIAS QUE CONSUMAN ANUALMENTE EL PORCENTAJE DE ENERGIA ELECTRICA QUE SE DETERMINA
El beneficio tendrá una duración de doce meses prorrogables por igual período si se cumplen los requisitos del artículo 6 del presente decreto, UTE aplicará el beneficio mes a mes, comparando el consumo de energía del mes corriente con el consumo de energía del mismo mes del año 2015, y aplicando el porcentaje de bonificación correspondiente. En caso que el beneficiario registre tres bajas mensuales en su consumo el beneficio será interrumpido.