EXHORTACION A UTE A INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE BENEFICIOS COMERCIALES PARA LAS INDUSTRIAS QUE CONSUMAN ANUALMENTE EL PORCENTAJE DE ENERGIA ELECTRICA QUE SE DETERMINA
Finalizado el plazo del beneficio el consumidor industrial deberá presentar ante el MIEM toda la información relacionada a la implementación del mismo y el cumplimiento de los requisitos exigidos.