El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.661 de 29/10/1984.
CAPÍTULO II - ESPECIALIDADES, DIPLOMATURAS, MAESTRÍAS Y DOCTORADOS
Artículo 17
La creación de una nueva diplomatura requiere un programa en el que se deben establecer: sus objetivos y fundamentación, requisitos de admisión, contenidos, carga horaria, plantel docente y criterios de evaluación parciales y final.