El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 149.
Artículo 4
El Ministerio de Turismo, la ANEP y la Contaduría General de la Nación, en lo pertinente, dispondrán los actos jurídicos y operaciones materiales que fueren necesarios, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para el efectivo cumplimiento de !o dispuesto en la Ley que se reglamenta y en el presente Decreto.