REGLAMENTACION DE LA VENTA DE DETERMINADOS ARTICULOS SIN LA PRESENCIA DEL COMPRADOR




Promulgación: 15/07/1991
Publicación: 31/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 20
Referencias a toda la norma

SANCIONES Y RESPONSABILIDADES

Artículo 18

  La Dirección Nacional de Metrología Legal reglamentará el contenido neto
que los Artículos Preacondicionados deben tener, para aquellos casos que
el ordenamiento del mercado lo justifique.
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