COMERCIO. CUEROS BOVINOS




Promulgación: 09/05/1974
Publicación: 21/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Establécese que los cueros bovinos frescos, procedentes de las faenas de 
los establecimientos frigoríficos exportadores comprendidos en las disposiciones del Decreto N° 402/971, deberán ser ofrecidos quincenalmente en forma directa y prioritaria, a las industrias de curtiduría debidamente acreditadas.

Artículo 1



		
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