Visto: el literal I) del numeral 1º del artículo 19º del Título 10 del
Texto Ordenado 1996.
Considerando: oportuno hacer uso de la facultad concedida en la referida
norma.
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 39/990 de 31/01/1990
artículo 18 inciso final.