APROBACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES PARA LA ADMINISTRACION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES




Promulgación: 07/10/1997
Publicación: 21/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 968
Referencias a toda la norma

Artículo 23

    Viáticos. Los gastos que, en razón de sus cometidos, deban realizar
los funcionarios fuera de la localidad donde normalmente prestan
servicios, serán compensados con un viático que se regulará de acuerdo a
las disposiciones reglamentarias establecidas por la Resolución de
Directorio 1500/81 del 15 de junio de 1981 y sus modificativas y
concordantes.-

Dicho viático estará sujeto a aportes al BPS por el 50% y el funcionario
deberá acreditar permanencia en el destino para hacer efectivo el mismo.
Se imputará al rubro 3 "Servicios no personales".-
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