Autorízase con carácter permanente a las oficinas dependientes del Poder
Ejecutivo, para vender de la documentación sin valor, excedentes,
sobrantes y demás elementos constitutivos de las impresiones de valores, como así también otros tipos de papel en desuso, cuya cantidad y volumen, hagan viable la comercialización.
Derogada/o por: Decreto Nº 250/977 de 11/05/1977 artículo 8.