Exonérase la importación de madera en rollos y/o vigas, de derechos aduaneros sobre aforos y del impuesto a las importaciones del 18% creado por el artículo 173 de la Ley N° 13.637 de fecha 21 de diciembre de 1973, por el plazo que se determina.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
Decreto Nº 354/974 de 09/05/1974,
Decreto Nº 521/973 de 05/07/1973,
Decreto Nº 9/973 de 04/01/1973 artículo 1,
Decreto Nº 436/972 de 22/06/1972 artículo 1.