Evaluación del sistema - El régimen especial de trabajo que se
reglamenta, deberá evaluarse, de acuerdo a los siguientes criterios
generales:
a) La evaluación del desempeño de funciones y tareas, será individual
y se realizará con una frecuencia semestral;
b) La evaluación se realizará en base al cumplimiento de objetivos y
metas predeterminadas, de acuerdo a una planificación estratégica
de recursos;
c) Los funcionarios afectados, deberán alcanzar un puntaje mínimo
total del 65% para mantenerse en el sistema;
d) La evaluación estará a cargo del Supervisor inmediato, quien deberá
planificar semestralmente las actividades, tareas y horarios de
acuerdo a las necesidades del servicio. La planificación requerirá
la aprobación de los Directores de las respectivas Unidades
Ejecutoras;
e) Se utilizarán los siguientes factores y sub factores de evaluación:
Factores Sub Factores Puntaje Promedio
S/ Personal C/ Personal
a Cargo a cargo
1) Rendimiento y
Calidad 1. Cantidad del
trabajo 20 15
2. Calidad de la
labor realizada 20 15
2) Comportamiento
del funcionario 1. Asistencia y
puntualidad 30 15
2. Cumplimiento
de normas e
instrucciones 30 15
3) Aptitudes en
cargos de
Supervisión y
Responsabilidad
(cuando
corresponda) 1. Supervisión 20
2. Logro de Metas 20
untaje Total 100 100
f) Los funcionarios sin personal a su cargo, serán evaluados únicamente en
los factores: 1) Rendimiento y calidad, con un máximo de 40% y 2)
Comportamiento del funcionario, con un máximo de 60%. Los funcionarios con
personal a su cargo, serán evaluados considerando la totalidad de los
factores especificados, según el siguiente detalle: 1) Rendimiento y
calidad, con un máximo de 30%; 2) Comportamiento del funcionario, con un
máximo de 30% y 3) Aptitudes en cargos de supervisión y responsabilidad,
con un máximo de 40%