El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículos 244 y 245.
Artículo 8
Quedan comprendidos en el presente Decreto reglamentario la prestación de servicios de juegos de azar o apuestas on line operados por internet o por cualquier otra modalidad de tecnología de la información que no requiera la presencia física del apostador y que no hubiere sido autorizado por la autoridad competente.
A los efectos de la presente reglamentación, se entenderá por juego autorizado aquellos juegos o apuestas previstos y expresamente autorizados por el Estado y cuyo explotador u operador lo ejerce en forma concesionada, mediante una habilitación previa; y cuyo canal de comercialización o modalidad de apuestas posea asimismo la correspondiente autorización o habilitación de la autoridad competente.