La Comisión de Apoyo, con el visto bueno previo del Director del
Hospital, podrá celebrar acuerdos de trabajo con asignación de incentivos
especiales para procurar el afianzamiento y la más satisfactoria
vinculación de los recursos humanos con el Hospital, de acuerdo con lo
dispuesto por el literal A del art. 5º del decreto No. 189/990.
Dichos acuerdos tendrán un plazo máximo de doce meses de duración.
Tales contratos podrán celebrarse con un número de funcionarios no
mayor del 50% (cincuenta por ciento) del afectado al Hospital.