MARCO NORMATIVO DE DESCENTRALIZACION DE LA GESTION DE HOSPITALES PUBLICOS




Promulgación: 07/10/1997
Publicación: 21/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

V - FINANCIAMIENTO DE LOS HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA

Artículo 28

   Si el usuario asistido en el Hospital Público de Gestión
Descentralizada cuenta con cobertura por parte de otro organismo estatal,
se comunicará el costo de la asistencia brindada al jerarca del organismo
público competente a fin de que los servicios efectivamente prestados sean
retribuídos al Hospital Público de Gestión Descentralizada conforme al
art. 408 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990.
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