VISTO: el Decreto N° 173/012 de 29 de mayo de 2012.
RESULTANDO: que la norma aludida precisó la forma de determinación de la base de cálculo del Impuesto al Valor Agregado del juego denominado "Quiniela Instantánea", en atención a sus características objetivas.
CONSIDERANDO: I) que la aplicación de dicho régimen de determinación del débito fiscal se estableció a condición de que se cumplieran determinadas obligaciones respecto al monto de los premios preestablecidos y a la aprobación de la emisión por parte de la Dirección General de Loterías y Quinielas.
II) que se ha dado cumplimiento a los extremos requeridos, por lo que corresponde extender el citado sistema de liquidación.
ATENTO: a lo dispuesto por el literal K) del numeral 2° del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 173/012 de 29/05/2012
artículo 3.