APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2017




Promulgación: 25/11/2016
Publicación: 07/12/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES BASADAS EN LA ESTRUCTURA POSTERIOR AL DECRETO 147/99 DEL   26/5/1999 (ESTATUTO DEL FUNCIONARIO), COMPLEMENTARIOS Y MODIFICATIVOS

Artículo 63

   Los funcionarios pertenecientes al escalafón Servicios Auxiliares, provenientes de las ex clases de Servicio y de Maestranza de la estructura anterior, que cumplan con los requisitos exigidos por la reglamentación aprobada por el Directorio, podrán percibir un complemento de hasta cuatro grados de la escala patrón única. 
   En caso de percibirse otros complementos expresados en grados escala patrón única adicionales, los mismos no podrán sumarse, aplicándose solamente el de mayor importe. En ningún caso podrá superarse el grado 36.0 de la escala patrón única.
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