Visto: la gestión del Ministerio de Agricultura y Pesca solicitando
autorización para modificar su Plan de Inversiones Públicas 1984, aprobado
por decreto 84/984, de 1º de marzo de 1984.
Resultando: I) Que la mencionada modificación implica la incorporación
del Proyecto 002 al Programa 2.08 del citado Inciso, con una asignación
presupuestal de N$ 1:386.000.00 (nuevos pesos un millón trescientos
ochenta y seis mil) equivalente a U$S 30.000.00 (treinta mil dólares de
los Estados Unidos de América);
II) Que la asignación presupuestal proyectada se financiará con recursos
propios de la Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del
País, Marcas y Señales, depositados con autorización del Ministerio de
Economía y Finanzas en una cuenta en moneda extranjera.
Considerando: I) Que se configuran las razones que justifican la
ampliación del Plan de Inversiones Públicas del Inciso;
II) Lo establecido por los artículos 11, 13, 16 y 20 del decreto 84/984
citado.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y la División Técnico Financiera del Ministerio de Economía y
Finanzas
El Presidente de la República
DECRETA:
Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas 1984 del Inciso 07
"Ministerio de Agricultura y Pesca" el Proyecto Nº 002 "Equipamiento de
Procesamiento de Datos" en el programa 2.08 "Inversiones para la Dirección
Nacional de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales (DINACOSE)" por
un monto de N$ 1:386.000.00 (nuevos pesos un millón trescientos ochenta y
seis mil) equivalente a U$S 30.000.00 (treinta mil dólares de los Estados
Unidos de América) a una cotización de 1 U$S N$ 46,20 (nuevos pesos
cuarenta y seis con 20/100). (*)