REGLAMENTACION DE LAS FACULTADES DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. COOPERATIVAS SOCIALES




Promulgación: 01/10/2007
Publicación: 09/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 832
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.978 de 26/06/2006 artículo 5 Derogada/o.

Artículo 6

 Cambio de Categoría.

En caso que el desarrollo de la Cooperativa la ubique fuera de los
parámetros legales, por la posibilidad o intención de distribuir
excedentes o de superar los topes fijados por el laudo de la rama de
actividad que se trate, la Cooperativa Social deberá reformar sus
Estatutos y transformarse en Cooperativa de Producción, en el marco de la
Ley Nº 17.794.

Culminado este proceso, le informará al Ministerio de Desarrollo Social a
efectos que éste le de la baja en sus Registros.
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