Visto: la gestión del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
solicitando la incorporación a su Plan de Inversiones Públicas 1985-89,
del Proyecto "Planta de Silos de la ciudad de Conchillas", en el Programa
005.
Resultando: que la mencionada modificación implica la asignación de
recursos para el Proyecto "Planta de Silos de la ciudad de Conchillas" del
Programa 005 del Inciso 07, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Considerando: que se configuran las razones que justifican la
incorporación propuesta.
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
la Contaduría General de la Nación y a lo preceptuado por el artículo 89
de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986,
El Presidente de la República
DECRETA:
Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas 1985-89 del Inciso 07
"Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", un Proyecto para la
"Planta de Silos de la ciudad de Conchillas", en el Programa 005, con una
asignación de N$ 40:000.000 (son nuevos pesos cuarenta millones) para 1987
y N$ 20:000.000.00 (son nuevos pesos veinte millones) para 1988. (*)
La incorporación que se autoriza en el artículo precedente será
financiada con cargo a fondos extrapresupuestales, decreto 687/971, de 21
de octubre de 1971, artículo 321 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986.