MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA. ADQUISICION DE SEMILLAS FORRAJERAS




Promulgación: 24/09/1964
Publicación: 09/10/1964

Resumen:

Establécese que el Ministerio de Ganadería y Agricultura adquirirá la producción de semillas forrajeras que le sea ofrecida, correspondiente a
la cosecha 1964/65, de las especies y con los precios mínimos que se determinan.

Artículo 7


		
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