BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. TRANSFERENCIA DE FONDOS




Promulgación: 15/06/1971
Publicación: 18/06/1971

Resumen:

Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) a transferir a la cuenta de la Unidad Cooperativa los depósitos efectuados en las cuentas individuales de los ahorristas, siempre que haya obtenido su Personería Jurídica.


		
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