Los beneficios establecidos en el artículo anterior subsistirán en la
medida que el egresado del curso de cumplimiento a los siguientes
requisitos:
a) Obtenga un puntaje de calificación anual no inferior al 80 % del
obtenido por el funcionario de su mismo grado mejor calificado;
b) Desempeñe efectivamente, las tareas previstas en el literal a) del
artículo anterior;
c) Realice y apruebe el curso obligatorio de reciclaje que periódicamente
organice la Oficina Nacional del Servicio Civil.