Visto: el artículo 37 del decreto 223/982, de 6 de julio de 1982, por el
que se otorga a las agrupaciones políticas un plazo hasta el 1º de
noviembre de este año, para inscribir ante las respectivas Juntas
Electorales la nómina de delegados partidarios que actuarán en las
elecciones internas de los Partidos a realizarse el próximo 28 de
noviembre.
Resultando: que diversas agrupaciones solicitaron la prórroga de dicho
plazo, en virtud de las dificultades de índole existentes para
individualizar dichos delegados con tanta anticipación a la fecha del
referido acto electoral.
Considerando: que la Corte Electoral comparte el planteamiento formulado
por lo que se estima procedente acceder a lo solicitado.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Prorrógase hasta el 10 de noviembre de 1982 inclusive, el plazo
referido en el segundo inciso del artículo 37 del decreto 223/982, de 6 de
julio de 1982.
ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - CARLOS A. MAESO - VALENTIN ARISMENDI - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - LUIS A. CRISCI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA