REGULACION DE LA COOPERACION INTERNACIONAL TECNICA Y ECONOMICA




Promulgación: 16/07/1986
Publicación: 28/08/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 83
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en materia de
programa de becas:

a) la difusión en razón de las materias de que traten y la comunicación al
organismo competente;
b) la selección de candidatos conforme a los méritos presentados y a los
demás requisitos regulados en el estatuto del becario, cuando la beca se
relacione con las competencias de diversos organismos;
c) el contralor de las formalidades establecidas en el estatuto del
becario;
d) llevar un registro de becarios.
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