APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL. EJERCICIO 2001




Promulgación: 19/09/2001
Publicación: 24/09/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 708
Referencias a toda la norma

Artículo 44

 Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer una compensación a 
los Encargados de Agencias del Interior a partir de su designación por el 
Directorio de acuerdo a lo previsto por la R.D. 29-4/93 Inciso 18.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 61 (vigencia).
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