Cuando se efectúe el quantum de la retribución a percibir por concepto de equiparación en la remuneración de los integrantes del Coro y de los Técnicos de Teatro con las del último grado de la Orquesta Sinfónica, escalafón D, grado 9, Violín 7ma categoría de la Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos", se comparará la diferencia entre la remuneración de los cargos de la Orquesta Sinfónica determinada según el artículo precedente, y la remuneración de cada uno de los funcionarios a equiparar, sin tomar en cuenta para aquellos que la perciban, las partidas denominadas "Conservación de Instrumentos" y "Perfeccionamiento Técnico" creadas por los artículos 245 y 246 de la Ley N° 19.149 de fecha 11 de noviembre de 2013.