El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 14.110 de 30/04/1973,
Ley Nº 14.118 de 30/04/1973.
Artículo 14
Es obligación de los inspectores de trabajo guardar absoluta reserva de las denuncias y quejas que reciban, y observar estricto cumplimiento a lo establecido en el numeral 5° del artículo 22 de la Ley N° 17.060 y numeral 7° del artículo 29 de la Ley N° 19.121, respecto a los métodos de producción o comercialización que hubieren podido llegar a su conocimiento como resultado de su función.
En el cumplimiento de esta obligación deberá tenerse presente la Ley N° 18.331, de fecha 11 de agosto de 2008, sobre protección de datos personales y la Ley N° 18.381, de fecha 17 de octubre de 2008, sobre el derecho de acceso a la información pública