VISTO: el Decreto N° 558/994, de 21 de diciembre de 1994, por el que se
establece un régimen de devolución de tributos a las exportaciones.-
CONSIDERANDO: necesario prorrogar la vigencia del referido régimen.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 16.492, de 2 de
junio de 1994.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2005, el régimen establecido en los
artículos 2º, 3º y 6º del Decreto N° 558/994, de 21 de diciembre de 1994,
y las devoluciones de tributos fijadas a su amparo.
BATLLE - ISAAC ALFIE - JOSE VILLAR - MARTIN AGUIRREZABALA