El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca será la autoridad que controlará todas las etapas de plantación, cultivo, cosecha, industrialización, comercialización, importación y exportación de Cannabis no psicoactivo y semillas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos y entes públicos.
A dichos efectos, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca aprobará las disposiciones complementarias necesarias. Dichas disposiciones normativas preverán la trazabilidad del cultivo y el producto de la cosecha, así como su identidad varietal, de manera de asegurar la calidad e inocuidad alimentaria.
Asimismo, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas, preverá mecanismos que permitan la coexistencia del cannabis psicoactivo y el cáñamo industrial.