FIJACION DE LA TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 08/10/2007
Publicación: 12/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 855
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones,
establecido por la Ley Nº 16.492 de 2 de junio de 1994.

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de
un producto al régimen de devolución de tributos.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la Ley Nº 16.492 mencionada.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2% para las exportaciones
de vino de mesa (ítem NCM 2204.21.0020) registradas a partir de la fecha
de vigencia del presente Decreto.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - JOSE MUJICA
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