Con una antelación de noventa días corridos al vencimiento del
provisoriato, la Unidad de Gestión Humana o quien haga sus veces,
solicitará a los Jerarcas de las Unidades Ejecutoras correspondientes, la
convocatoria al Tribunal, para la realización de la evaluación, conforme a
lo dispuesto por el artículo 96 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de
2013.