VISTO: la propuesta formulada para el Programa de Reconversión y
Desarrollo de la Granja (PREDEG) del Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca referida a los costos fictos de plantación de uva para
vinificación, uva de mesa y bloques madre de portainjertos a ser
instalados en 2002;
RESULTANDO: I) por decreto de fecha 21 de octubre de 2001, se
establecieron los costos fictos de plantación de uvas viníferas, uva de
mesa y bloques madre de portainjertos a efectos de habilitar el pago de
los subsidios previstos en el Programa Piloto de Reconversión del Viñedo
aprobado por el decreto Nº 83/990, de 16 de febrero de 1990;
II) de conformidad con lo establecido en el reglamento Operativo del
Proyecto MGAP/BID, corresponde en cada año del Programa de Reconversión y
Desarrollo de la Granja, la actualización de los costos de plantación de
viñedos para vinificación, uvas de mesa y bloques madres de portainjertos
que reciben subsidios en el marco de actividades de reconversión o
renovación varietal vitícola;
CONSIDERANDO: conveniente definir los costos fictos de referencia a
efectos de posibilitar el pago de los subsidios referidos en el marco de
reconversión del viñedo nacional;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Establécense, para el presente ejercicio, los siguientes costos fictos
de plantación de uva para vinificación, uva de mesa y bloques madre de
portainjertos así como los correspondientes subsidios por há:
COSTO ($/Há)
UVAS VINIFERAS TOTAL SUBSIDIO ($/Há)
Espaldera alta 255.844 63.961
Tresbolillo 275.633 68.908
Lira abierta 256.663 64.166
Promedio 262.173 65.678
UVAS DE MESA TOTAL SUBSIDIOS ($ Há)
Lira abierta 276.650 69.162
Parral 299.885 74.971
Promedio 288.267 72.067
BLOQUES MADRE
PORTAINJERTOS TOTAL SUBSIDIOS ($ Há)
Sin riesgo 272.143 68.036
Con riesgo 309.793 77.448
Los recursos correspondientes se tomarán del Fondo de Protección
Integral de los Viñedos creado por el Art. 1º de la Ley Nº 16.311, de 15
de octubre de 1992, del Proyecto Nº 947 "Reconversión y Desarrollo del
Subsector Granjero" y de los Fondos BID provenientes del Contrato de
Préstamo Nº 1063/OC-UR.