PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DEL USO DE FRECUENCIAS DE RADIODIFUSION COMERCIAL.




Promulgación: 04/08/2008
Publicación: 12/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 324
Referencias a toda la norma

Artículo 18

 El Ministerio de Industria, Energía y Minería, en un plazo no mayor a
treinta (30) días a contar desde la publicación del presente decreto en el
Diario Oficial, propondrá al Poder Ejecutivo la forma de integración y
forma de funcionamiento de una Comisión Honoraria Asesora Independiente,
la cual se comunicará con el Ministerio de Industria, Energía y Minería a
través de la URSEC.

(*)Notas:
 Ver:  Ley Nº 19.307 Derogada/o de 29/12/2014 artículo 83 (sustituye:"Comisión 
Honoraria Asesora Independiente" por "Comisión Honoraria Asesora de 
Servicios de Comunicación Audiovisual").
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