PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DEL USO DE FRECUENCIAS DE RADIODIFUSION COMERCIAL.




Promulgación: 04/08/2008
Publicación: 12/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 324
Referencias a toda la norma

Artículo 9

 En caso de existir un único postulante para una frecuencia, se evaluará
la propuesta para determinar si cumple adecuadamente con los criterios de
evaluación exigidos por el artículo 13°.
En caso afirmativo a criterio de la URSEC, la propuesta se elevará a
consideración del Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, a fin de autorizar su funcionamiento y asignar el uso
de la frecuencia.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 12.
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