Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 76,
Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 121.
Artículo 5
Las inasistencias a las instancias de capacitación serán consideradas
faltas al servicio. Sin perjuicio de la aplicación de procedimientos
disciplinarios, el Instituto Nacional de Estadística podrá suspender la
asignación de carga a los encuestadores que no asistan o no aprueben los
cursos de capacitación.