Decreto N° 375/990
PLAN NACIONAL DE FLUORACION DE LA SAL PARA CONSUMO HUMANO. PATOLOGIA BUCAL
Promulgación: 17/08/1990
Publicación: 10/09/1990
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1990
- Página: 174
Artículo 8
Los establecimientos comerciales que vendan al público sal para
consumo humano deberán tener, en forma obligatoria, stock permanente de
sal fluorada.
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