ENCOMIENDASE A LA ANP LAS FUNCIONES DE ADMINISTRACION, CONSERVACION Y DESARROLLO DEL PUERTO DE LA PALOMA




Promulgación: 30/12/2015
Publicación: 13/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La Administración Nacional de Puertos ejercerá las funciones encomendadas, de acuerdo a lo dispuesto por la ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y su decreto reglamentario N° 412/992 de 1° de setiembre de 1992. 
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