COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE TRIBUTO. PAPA




Promulgación: 13/06/1968
Publicación: 21/06/1968

Resumen:

Exonérase de derechos aduaneros, adicionales, tasas consulares, etc., a la importación de determinada cantidad de papas para semilla.

Artículo 1



		
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