REGIMEN DE FACILIDADES A CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO CON ACTIVIDAD AGROPECUARIA




Promulgación: 24/08/1994
Publicación: 07/09/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 475
Derogada/o por: Decreto Nº 101/996 Derogada/o de 20/03/1996 artículo 7.
    Visto: Que existen contribuyentes del Impuesto al Patrimonio que no
tienen bienes afectados a actividades agropecuarias, comerciales,
industriales o similares.

 Considerando: Conveniente facilitar a ese grupo el cumplimiento de sus
obligaciones con respecto a este tributo.

 Atento: A lo dispuesto por el artículo 49 del Título 1 del Texto
Ordenado 1991,

                    El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 376/994 de 24/08/1994 artículo 1.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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