REGULACION DE LAS CERTIFICACIONES MEDICAS DEL PERSONAL POLICIAL




Promulgación: 05/12/2016
Publicación: 13/12/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO I - DE LAS CERTIFICACIONES MEDICAS

Artículo 4

   En el caso de comprobantes emitidos por profesionales no pertenecientes al Instituto Policial, deberán contener como mínimo, los requisitos establecidos en los literales a), b) y d) del artículo 3.
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